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lör, 1999-05-01
Resumen ejecutivo
En el período 1993-99, se construyeron 122 casas de justicia locales en las municipalidades rurales de Nicaragua con financiamiento de la Agencia Sueca de Cooperación para el Desarrollo Internacional (Asdi). Si bien el objetivo inmediato del proyecto era la construcción de las casas de justicia, el objetivo de desarrollo a largo plazo era “un sistema judicial eficaz, imparcial e independiente accesible para todos”.
Ésta es una evaluación del grado de impacto que ha alcanzado el proyecto en lo que respecta al acceso a la justicia en Nicaragua o, en términos del EML, hasta qué punto ha contribuido el proyecto a alcanzar el objetivo de desarrollo.
Entre los cuatro niveles de jurisdicción, los juzgados locales ocupan el último nivel. Cada municipalidad cuenta con un juzgado local, en el cual se admiten causas penales y civiles de menor magnitud.
Aunque se ha avanzado en la última década, el sistema judicial de Nicaragua es aún muy ineficiente e inaccesible. Existen graves problemas y deficiencias como carencia de formación profesional, leyes obsoletas e incoherentes, insuficientes recursos, procedimientos lentos e ineficientes, falta de independencia y corrupción. Sin embargo, en los últimos años y con apoyo de la comunidad internacional, Nicaragua ha iniciado un proceso amplio de reformas dirigidas al establecimiento de un sistema judicial eficaz, imparcial e independiente, accesible para todos.
La construcción de casas de justicia locales es un componente importante de este programa de reformas, cuyo costo total asciende a un poco más de 8 millones de dólares. Suecia ha contribuido con 50 millones de coronas suecas (6.7 millones de dólares) que equivalen al 83% del costo total, en tanto el PNUD y la Corte Suprema han asumido el monto restante. Se firmaron acuerdos tripartitos para la ejecución del proyecto entre el Gobierno de Nicaragua, el Gobierno de Suecia y el PNUD. La Corte Suprema se ha encargado de la ejecución del proyecto y el PNUD de la coordinación, al igual que la administración y control del financimiento otorgado por Suecia.
El propósito de la evaluación es determinar hasta qué punto la creación de casas de justicia locales en las municipalidades rurales ha mejorado el acceso a la justicia para la población pobre de las zonas rurales. Asimismo, el estudio incluye un análisis de los factores que limitan el acceso a la justicia en las zonas rurales y, en particular, los problemas que afectan el funcionamiento de los juzgados locales.
El equipo de evaluación pasó cuatro semanas en Nicaragua. En el transcurso de la evaluación, el equipo visitó catorce municipalidades con distintas características y ubicación geográfica, sobre todo en los departamentos del centro y norte del país. El equipo entrevistó al juez local de cada municipalidad para obtener información sobre su trabajo, función en la comunidad, idoneidad e importancia de la casa de justicia.
El equipo seleccionó, asimismo, a una serie de clientes de los juzgados, tanto demandantes como demandados, por medio del correspondiente registro. En las entrevistas, que se llevaron a cabo en la intimidad del hogar de los clientes, se abordaron diversos temas como: la manera como se les había atendido en las casas de justicia y el trato otorgado por el juez; si su caso se había resuelto satisfactoriamente y en el tiempo debido, y su opinión sobre la competencia, eficacia, honestidad e imparcialidad del juez. A los entrevistados se les preguntó, asimismo, si consideraban que la casa de justicia había tenido algún efecto positivo en el acceso a la justicia para la comunidad.
La conclusión principal de la evaluación es que el proyecto de casas de justicia ha contribuido a mejorar el acceso a la justicia a nivel local. Las nuevas casas de justicia han aumentado la visibilidad y elevado el status del sistema de justicia en las comunidades rurales, al igual que el prestigio de los jueces locales. Estas casas brindan condiciones excelentes para la administración de justicia y alojamiento de los jueces. Si bien antes éstos dependían del alcalde para obtener vivienda, oficina u otros recursos, la construcción de las casas de justicia les ha permitido mayor independencia.
En el último par de años, la capacidad profesional de los jueces ha mejorado significativamente. En la actualidad, cerca del 90% es licenciado en derecho o está por terminar sus estudios de leyes; el 57% de los jueces son mujeres. La mayoría de los jueces que fueron entrevistados son jóvenes, dinámicos y entusiastas. Los clientes expresaron distintas opiniones con respecto a la honestidad, imparcialidad y confiabilidad de los jueces, dependiendo del resultado de sus casos.
La relación entre los jueces y la policía se considera positiva, en general, pero todos los jueces coincidieron en que ésta carece de recursos suficientes para cumplir sus obligaciones a cabalidad. Son relativamente pocos los jueces que participan en los asuntos de la comunidad, a pesar de lo instruido por la Corte Suprema en este sentido.
Las visitas de campo revelaron que los juzgados locales adolecen de falta de supervisión. Es necesario definir a qué instancia le competen los diversos aspectos de supervisión y cómo llevarla a cabo. La falta de supervisión obstaculiza el desarrollo profesional de los jueces y previene el desarrollo óptimo de la capacidad institucional de los juzgados locales; por ejemplo, la carencia de supervisión ha permitido que se cometan errores graves y no se detecten procedimientos incorrectos.
Es necesario mantener información estadística para controlar el quehacer de los juzgados locales y evaluar el volumen respectivo de trabajo. No obstante, hasta la fecha no se cuenta con informes que proporcionen los datos necesarios para planificar y presupuestar, ni para otros fines. En la actualidad, todos los juzgados reciben la misma cantidad de recursos, sin tomar en cuenta el tamaño de las municipalidades ni su población respectiva; por consiguiente, la población de las municipalidades más grandes se encuentra en desventaja.
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